¿Sabias Esto?

* Informa la titularidad de un inmueble (a nombre de quién se encuentra registrada la propiedad como Dueño/a)

* Nos informa también la existencia de gravámenes o restricciones (embargos, hipotecas, etc.) o sea el estado de la propiedad al momento  que se pide en el registro de la propiedad inmueble.

* Al momento que nos llega el informe, la situación del informe puede verse modificada en caso que en el registro se realice algún cambio, datos nuevos, etc, que haga que se vea alterada la situación del mismo.

¿Cuando es necesario pedirlo?

 *Antes de una firma de una reserva, seña, de un boleto de compraventa o inclusive firma de un contrato de alquiler.

No.

Detallamos a continuación sus características.

*Bloquea la matrícula del inmueble por un tiempo legal determinado.

*Toda modificación que ingrese con posterioridad a la solicitud, quedará condicionada a la realización de la operación, siempre que ésta se ingrese en el plazo legal. De esta manera, mediante el cumplimiento por parte del escribano de los plazos establecidos, se genera certeza a una compraventa inmobiliaria

*Se solicita antes de la firma de una escritura traslativa de dominio.

*Solo puede solicitarlo el escribano

* Tiene una vigencia.

Usted puede obtener otra copia de su título de Propiedad.

Para ello, el primer paso es conocer el origen del título.

  1. Notarial (si su escritura fue realizada por un Escribano Ej. compraventa; donación, dación en pago, etc.).
    O bien:
  2. Judicial (El testimonio fue expedido por un juzgado Ej. Testamento, Declaratoria de Herederos, Subasta Judicial, etc.).

    En el caso “a”, y, si conoce qué Escribano intervino, la jurisdicción notarial y su fecha, puede recurrir a dicho profesional o directamente concurrir al Archivo de Protocolos Notariales sito en calle Adolfo Alsina 2280 Tel. 4951-5352 y 4952-8848. En este lugar el titular puede iniciar el trámite para solicitar copia de la escritura.

    En el caso “b”, es decir, si usted adquirió la propiedad a través de un acto judicial, Ej. testamentos, declaratoria de herederos, subasta judicial, etc el juzgado que intervino expedirá otro testimonio a petición de parte con asistencia de abogado.

    * Es posible que usted no sepa el origen del título de propiedad y/o no recuerde el Escribano interviniente, la fecha de la escritura, o el juzgado y carátula. En estos casos debe solicitar en el Registro de la Propiedad Inmueble un “Informe Nº 6”. (Por calle y Nº, y si correspondiera Nº de Unidad Funcional, piso determinado y titularidad), pidiendo los datos del Escribano, jurisdicción y fecha en que se otorgó la escritura de compra, o los datos del juzgado y carátula del expediente en caso que sea de origen judicial.

    La información obtenida sobre su título de propiedad, es necesaria para obtener copia del mismo en el Archivo de Protocolos o en el Juzgado según corresponda.

    Una vez obtenida la copia del Título de Propiedad, ella debe ser inscripta en este Organismo como segunda o ulterior copia. Para registrarla puede acudir a profesionales autorizados o puede hacerlo el propio titular con firma certificada por escribano público.

cia.

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